2ª convocatoria del Programa de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario (PERTE Agroalimentario)
Publicado en el BOE la Orden del Ministerio de Industria y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2024 de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Beneficiarios
Sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación (SAT) con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España debidamente inscritas en el registro correspondiente, que desarrollen una actividad industrial al menos durante los tres años anteriores al fin de plazo de la solicitud, encuadrada en:
Actividades de elaboración, producción o trasformación de alimentos, así como la fabricación de bebidas y la industria del tabaco encuadradas dentro de la Sección C Divisiones 10, 11 y 12 de la a)CNAE 2009.
Actividades asimilables a las de la letra a) anterior, así como las desarrolladas en el ámbito de la industria agroalimentaria consistentes, entre otras, en el calibrado, clasificación, manipulación, transformación, conservación y envasado de productos alimentarios que, pese a implicar una actividad industrial, no estén incluidas en las CNAE 2009 definidos en la letra a) anterior. b)
No podrán ser elegibles las actividades desarrolladas por operadores logísticos, las realizadas por el sector de la distribución, así como las correspondientes al sector primario o del canal de Hoteles, Restaurantes y Cafeterías (canal HORECA).
Actividades subvencionables
Proyectos encuadrados en alguna de las líneas de actuación:
Se considerarán excluidos, los proyectos que incumplan el principio de “no causar un perjuicio significativo” (DNSH), descrito en el art. 8 de la Orden de bases.
Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la industria agroalimentaria y habrán de encuadrarse, al menos, en alguna de las siguientes prioridades temáticas:
Economía circular y ecoinnovación. 1.
Descarbonización, eficiencia energética, nuevas fuentes de energía renovable y reducción de emisiones contaminantes. 2.
Materiales y productos avanzados. 3.
Innovación en procesos de calidad y seguridad. 4.
Proyectos basados en tecnologías digitales. 5.
Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta el 30 de junio de 2026.
Ayudas
Subvención, con los límites e intensidades de ayudas establecidos en el art. 16 de la Orden de bases.
Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entidades del sector público, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Solicitud
El plazo de presentación de solicitudes comprende del 19 de septiembre al 21 de octubre de 2024, a través de la sede electrónica del Ministerio.
El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será el de concurrencia no competitiva, por lo que el procedimiento de comprobación de criterios se realizará por orden de presentación de solicitudes.
Más información
– Bases reguladoras y convocatoria 2024: Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024 (BOE de 22/08/2024)
– Corrección de errores Bases reguladoras (BOE de 27/08/2024).