La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTBG) establece que las Corporaciones de Derecho Público, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo (Art. 2 e) estén sujetas al régimen de publicidad activa y pasiva que en ella se establece.
Y, en concreto, para los Colegios Profesionales y sus Consejos Generales o Autonómicos, es de aplicación lo previsto en los Títulos I y II de la LTBG.
El Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de la Región de Murcia, como Corporación de Derecho Público, pretende ampliar y reforzar la transparencia e información sobre su actividad sujeta a derecho administrativo.
Por ello, la página web del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de la Región de Murcia, incluye este Portal de Transparencia, con diferentes secciones accesibles a todos los usuarios interesados en conocer todos aquellos aspectos relacionados con la actividad administrativa del Colegio, como son:
En cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en particular de su artículo nº 8 sobre Información económica, presupuestaria y estadística, el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos comunica:
(Relación de contratos con la Administración Pública sujetos a derecho administrativo, incluidos los contratos menores, con indicación del objeto, procedimiento para su celebración, participantes, duración, importe de la licitación y de adjudicación).
No hay.
(Relación de convenios suscritos con la Administración Pública en el ejercicio de las funciones públicas conferidas, mencionando las partes firmantes, su objeto, plazo de duración y en su caso, las obligaciones económicas convenidas)
No hay.
(Relación las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y Administración Pública concedente)
No hay.
ACCESO A RETRIBUCIONES DEL COIARM
Los miembros de la Junta de Gobierno, o los colegiados designados por la misma para formar parte de alguna Comisión, no perciben dietas ni gastos de desplazamiento por asistencias a reuniones de Juntas de Gobierno, Juntas Generales o de Comisiones.
El Colegio abona los gastos directos ocasionados por asistencia a actos en representación del Colegio cuando estos se celebran fuera de Murcia.